
Línea 2
Obras puntuales en edificios. Accesibilidad.
Convocatoria 2021-2022
Resumen
Descripción de la línea
Obras de mejora de accesibilidad en edificios habitados por una persona con edad mayor o igual a 65 años o personas con discapacidad mayor o igual al 33% y actuaciones de consevación directamente derivadas de estas obras de accesibilidad. No está prevista dotación económica para esta línea en el ejercicio 2021.
Se abre periodo para presentar solicitudes el 19 de julio. Las solicitudes quedarán en lista de reserva por orden de solicitud con documentación completa y correcta hasta que haya presupuesto.
Descripción general
Comunidades de Propietarios y Agrupaciones de Comunidades, siempre que en su edificio habite (deberá estar empadronada) una persona con edad igual o mayor a 65 años o alguna persona con discapacidad igual o mayor al 33 %. Más info.
Actuaciones de mejora de accesibilidad que permitan
alcanzar la accesibilidad universal o, al menos, suprimir todas las barreras arquitectónicas
en elementos comunes de edificios, desde la calle hasta la puerta de las viviendas, situados
en el término municipal de Zaragoza, que, en su caso tengan superada la Inspección Técnica
de la Edificación (ITE). A efecto de esta convocatoria, se solicitará el Registro de la
Inspección Técnica de la Edificación a todos los edificios cuyo año de construcción sea
igual o anterior a 1970.
Más info.
En particular:
-
Instalación de ascensores o plataformas elevadoras. No se subvencionan ni plataformas salvaescaleras, ni sillas salvaescaleras.
-
Bajadas a cota cero de ascensores existentes
-
Rampas
-
Otras actuaciones para la eliminación de barreras físicas, sensoriales e intelectuales
También serán objeto de ayudas las actuaciones de consevación directamente derivadas de las obras de accesibilidad descritas.
Hasta el 35% del presupuesto completo de la obra con un límite de 6.000 € por vivienda. Además, si se cumplen los requisitos, se pueden solicitar individualmente las ayudas complementarias que ofrece la Línea 3.
Próxima apertura. No está prevista dotación económica para esta línea en el ejercicio 2021.
Pero recuerda que la ayuda se concede por orden de presentación (hasta el agotamiento de los fondos) siempre que la ayuda estuviera completa y la documentación sea correcta.
¿Cómo se conceden las ayudas?
Como regla general, el procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será por orden de presentación completa de la solicitud, conforme la fecha en que la solicitud cumpla todos y cada uno de los requisitos y esté aportada toda la documentación requerida, hasta agotar el presupuesto disponible conforme a lo regulado en esta convocatoria y de acuerdo a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.
Fases del proceso

1.LANZAMIENTO
Publicación de las Bases reguladoras de la Convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2021-2022
Apertura de plazo para presentación de solicitudes
2.SOLICITUD


3.TRAMITACIÓN
Revisión de las solicitudes recibidas
Resolución de concesión o denegación de las ayudas
4.RESOLUCIÓN


5.INICIO OBRAS
Gestión y ejecución de las obras
Certificación de las actuaciones y cobro de la ayuda
6.FIN OBRAS


1.LANZAMIENTO
Publicación de las Bases reguladoras de la Convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2021-2022

2.SOLICITUD
Apertura de plazo para presentación de solicitudes

3.TRAMITACIÓN
Revisión de las solicitudes recibidas

4.RESOLUCIÓN
Resolución de concesión o denegación de las ayudas

5.INICIO OBRAS
Gestión y ejecución de las obras

6.FIN OBRAS
Certificación de las actuaciones y cobro de la ayuda
Documentos a presentar
Documentación administrativa
A.1) Certificado acreditativo del acuerdo. Más info.
A.2) Documento de no oposición del solicitante (comunidad de propietarios o entidad) a la consulta de datos en Administraciones Pública. Más info.
A.3) Documento de no oposición de UNA persona empadronada en el edificio con edad igual o mayor a 65 años o con discapacidad mayor o igual al 33% a la consulta de datos en Administraciones Públicas. Más info.
Documentación técnica
B.1) Informe del estado actual del Edificio firmado por técnico competente, y que incluya el certificado de eficiencia energética, situación de accesibilidad y conservación. Más info.
B.2) Proyecto de ejecución visado de las actuaciones que describan las obras, con la estimación de su coste y firmado por su redactor/a.
B.3) Presupuestos que justifiquen importes presentados como subvencionables.
B.4) En caso de obras cuyo importe supere los 40.000€, se presentarán tres ofertas/presupuestos para proceder a la contratación con la empresa constructora de las obras
B.5) Registro de Inspección Técnica de la Edificación (ITE) Más info.