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Línea 3

Ayudas complementarias para rentas limitadas. Obras subvencionadas en la línea 1.1. o línea 2.1.

Convocatoria 2026-2027

Resumen

Descripción de la línea

Podrán ser objeto de las ayudas reguladas en la línea 3 las actuaciones sobre elementos comunes descritas en las líneas 1.1., 2.1. de la presente convocatoria y en línea 1 de la convocatoria 2024-2025, siendo compatibles con estas ayudas.

Descripción general

Los propietarios o usufructuarios de viviendas situadas en edificios que hayan obtenido ayudas en las líneas 1.1. o 2.1. en la convocatoria presente, así como en la línea 1 de la convocatoria 2024-2025, siempre que cumplan con las siguientes condiciones:

  • La vivienda objeto de ayuda constituya su domicilio habitual y permanente.

  • Los ingresos de su unidad de convivencia no superen 2,5 veces IPREM ó 3,5 veces IPREM ponderados, tal y como consta en la tabla de la base 9.4, para la obtención de las cuantías establecidas la disposición 45. Más info.

La concesión de ayudas en la línea 3 para el ejercicio 2026 estará condicionada a la concesión de ayuda al edificio a través de la línea 1.1. o la línea 2.1. en la presente convocatoria, así como la obtenida en la línea 1 de la convocatoria 2024-2025. La concesión para el ejercicio 2027, estarán condicionadas a la concesión de ayudas de línea 1.1. y línea 2.1. en el mismo ejercicio.

Podrán ser objeto de las ayudas reguladas en la línea 3 las actuaciones sobre elementos comunes descritas en las líneas 1.1., 2.1. de la presente convocatoria y en línea 1 de la convocatoria 2024-2025, siendo compatibles con estas ayudas.

El importe de esta ayuda junto con el importe que corresponda a la Comunidad de Propietarios, no podrá superar el 100% del coste subvencionable estimado para las ayudas de las líneas 1.1., y 2.1. y excepcionalmente la línea 1 de la convocatoria 2024-2025, para las unidades de convivencia con ingresos iguales o inferiores a 2,5 veces IPREM ponderado.

El importe de esta ayuda junto con el importe que corresponda a la Comunidad de Propietarios no podrá superar el 80% del coste subvencionable estimado para las ayudas de las líneas 1.1. y 2.1. y excepcionalmente la línea 1 (convocatoria 2024-2025) para las unidades de convivencia con ingresos iguales o inferiores a 3,5 veces IPREM ponderado.

Para las solicitudes de personas propietarias o usufructuarias cuya vivienda forme parte de una Comunidad de Propietarios beneficiaria de una ayuda de la línea 1.1. o excepcionalmente la Línea 1 (convocatoria 2024-2025), la cuantía de la ayuda no podrá superar el límite de 5.000 euros por vivienda.

Para las solicitudes de personas propietarias o usufructuarias cuya vivienda forme parte de una Comunidad de Propietarios beneficiaria de una ayuda de la línea 2.1., la cuantía de la ayuda no podrá superar el límite de 2.500 euros por vivienda.

El periodo de presentación de solicitudes para esta línea será desde el 15/10/2026 al 31/12/2027.


Pero recuerda que la ayuda se concede por orden de presentación (hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria) siempre que la ayuda estuviera completa y la documentación sea correcta.

¿Cómo se conceden las ayudas?

Como regla general, el procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será por orden de presentación completa de la solicitud, conforme la fecha en que la solicitud cumpla todos y cada uno de los requisitos y esté aportada toda la documentación requerida, hasta agotar el presupuesto disponible conforme a lo regulado en esta convocatoria y de acuerdo a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Fases del proceso

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1.LANZAMIENTO

Publicación de las Bases reguladoras de la Convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2026-2027

Apertura de plazo para presentación de solicitudes

2.SOLICITUD

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3.TRAMITACIÓN

Revisión de las solicitudes recibidas

Resolución de concesión o denegación de las ayudas

4.RESOLUCIÓN

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5.INICIO OBRAS

Gestión y ejecución de las obras

Certificación de las actuaciones y cobro de la ayuda

6.FIN OBRAS

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1.LANZAMIENTO

Publicación de las Bases reguladoras de la Convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2026-2027

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2.SOLICITUD

Apertura de plazo para presentación de solicitudes

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3.TRAMITACIÓN

Revisión de las solicitudes recibidas

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4.RESOLUCIÓN

Resolución de concesión o denegación de las ayudas

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5.RECURSO

Gestión y ejecución de las obras

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6.INICIO OBRAS

Certificación de las actuaciones y cobro de la ayuda

Documentos a presentar

Documentación administrativa

La solicitud se presentará conforme a lo establecido en la disposición 4 de la convocatoria.