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Línea 4

Obras en viviendas para la cesión o renovación de cesión al programa de bolsa municipal de alquiler Alquila Zaragoza (ALZA)

Convocatoria 2026-2027

Resumen

Descripción de la línea

Ayudas para obras en el interior de viviendas de propietarios/as que cedan o renueven su cesión al programa Alquila Zaragoza (ALZA).

Descripción general

Propietarios/as o usufructuarios/as de vivienda, personas físicas o jurídicas, que cumplan las siguientes condiciones:

  • Hayan formalizado la cesión o renovación del contrato de cesión o se comprometan a ceder la vivienda objeto de ayuda a Zaragoza Vivienda a través del programa ALZA para su gestión como vivienda de alquiler asequible. En el supuesto de renovación, las actuaciones a subvencionar no podrán ser las mismas para las que ya hubiera recibido subvención en la cesión inicial.

  • Cumplan los requisitos establecidos en el programa ALZA.

Podrán ser objeto de las ayudas reguladas en la presente línea 4 las actuaciones señaladas en el Informe elaborado por servicios técnicos de Zaragoza Vivienda para el cumplimiento de las condiciones del programa Alquila Zaragoza (ALZA) sobre elementos privativos de viviendas en edificios situados en el término municipal de Zaragoza.

Excepcionalmente y siempre que no se haya agotado el importe máximo de subvención establecido en la convocatoria en la que se haya concedido la ayuda inicial para la cesión o renovación, los cedentes podrán solicitar a lo largo de la duración del contrato de cesión una ayuda para llevar a cabo obras necesarias en la vivienda, así calificadas por informe técnico de Zaragoza Vivienda, hasta completar dicho importe máximo.

No se subvencionarán otras obras a desarrollar simultáneamente en la vivienda que no sean las directamente dirigidas a la finalidad expresada en este apartado.

El importe de la ayuda será de un máximo de 8.000€ por vivienda, con los siguientes límites de porcentaje subvencionable, según el número de viviendas cedidas al programa ALZA:

  • Cedentes entre 1 y 4 viviendas, el importe de la ayuda no superará el 80% del presupuesto subvencionable.

  • Cedentes entre 5 y 9 viviendas, el importe de la ayuda no superará el 70% del presupuesto subvencionable.

  • Cedentes a partir de 9 viviendas, el importe de la ayuda no superará el 60% del presupuesto subvencionable.

El periodo de presentación de solicitudes para esta línea será desde las 09:00h del día 30/06/2026 al 31/12/2027.


Pero recuerda que la ayuda se concede por orden de presentación (hasta el agotamiento de la dotación presupuestaria) siempre que la ayuda estuviera completa y la documentación sea correcta.

¿Cómo se conceden las ayudas?

Como regla general, el procedimiento para el otorgamiento de estas ayudas será por orden de presentación completa de la solicitud, conforme la fecha en que la solicitud cumpla todos y cada uno de los requisitos y esté aportada toda la documentación requerida, hasta agotar el presupuesto disponible conforme a lo regulado en esta convocatoria y de acuerdo a los principios de publicidad, objetividad, transparencia, igualdad y no discriminación.

Fases del proceso

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1.LANZAMIENTO

Publicación de las Bases reguladoras de la Convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2021-2022

Apertura de plazo para presentación de solicitudes

2.SOLICITUD

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3.TRAMITACIÓN

Revisión de las solicitudes recibidas

Resolución de concesión o denegación de las ayudas

4.RESOLUCIÓN

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5.INICIO OBRAS

Gestión y ejecución de las obras

Certificación de las actuaciones y cobro de la ayuda

6.FIN OBRAS

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1.LANZAMIENTO

Publicación de las Bases reguladoras de la Convocatoria de ayudas a la rehabilitación 2026-2027

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2.SOLICITUD

Apertura de plazo para presentación de solicitudes

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3.TRAMITACIÓN

Revisión de las solicitudes recibidas

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4.RESOLUCIÓN

Resolución de concesión o denegación de las ayudas

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5.INICIO OBRAS

Gestión y ejecución de las obras

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6.FIN OBRAS

Certificación de las actuaciones y cobro de la ayuda

Documentos a presentar

Documentación administrativa

A.1) Declaración responsable de no haber solicitado otras ayudas para la misma actuación y finalidad. Anexo 3.

Documentación técnica

B.1) Presupuestos o facturas proforma que justifiquen el presupuesto subvencionable.

B.2) Previo a la ejecución de la obra, se deberá tramitar el Permiso urbanístico correspondiente presentado en Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Zaragoza y pagadas sus tasas. No es necesario entregarlo con la solicitud de la ayuda.

B.3) Proyecto visado por técnico competente para todas las actuaciones que impliquen un cambio en la distribución interior de la vivienda.